La Constitución Española de 1978
Nos encontramos en el conocido como «Puente de la Constitución», pues el pasado 6 de Diciembre la vigente cumplió su 34 aniversario. El martes 4 se publicó el Barómetro de Noviembre del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) que incluye una serie de preguntas sobre la misma. En este enlace pueden ustedes consultarlo completo y a partir de la pregunta 10 las referidas a este asunto.
Una mayoría de los entrevistados dice no haber leído nunca la Constitución Española, un 48,9 por ciento, frente a solo un 15,8 por ciento que dice haberla leído entera. La mayoría dice conocerla casi nada (33%), muy poco (31,5%) o por encima (26,3) y solo un 8,7% dice conocerla muy bien.
Aprovechando la efeméride, y los datos de la encuesta publicada, desde «La Bolsa y la vida» vamos a colaborar a el mejor conocimiento de la Constitución por parte de la ciudadanía. Nos vamos a centrar en su Preámbulo y en el artículo 128 de la misma.
DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA, A TODOS LOS QUE LA PRESENTE VIEREN Y ENTENDIEREN, SABED: QUE LAS CORTES HAN APROBADO Y EL PUEBLO ESPAÑOL RATIFICADO LA SIGUIENTE CONSTITUCIÓN:
PREÁMBULO
La Nación Española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de:
- Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las Leyes conforme a un orden económico y social justo.
- Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la Ley como expresión de la voluntad popular.
- Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.
- Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida.
- Establecer una sociedad democrática avanzada, y
- Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.
En consecuencia, las Cortes aprueban y el pueblo español ratifica la siguiente CONSTITUCIÓN
Artículo 128.
1. Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.
2. Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante Ley se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés general.
Aparte de la Constitución, esta semana nos referiremos de nuevo a sentencias judiciales relativas a las participaciones preferentes y a la detención del ex Presidente de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), D. Gerardo Díaz Ferrán.
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